Te informamos que, según lo establecido en la Resolución 05-2014 aprobada por la Junta Central Electoral y en la circular 001/15 enviada por la Superintendencia de Bancos, se requerirá la nueva cédula para los siguientes casos:
Para el caso de clientes ya existentes con productos o servicios contratados con la cédula vieja, se aceptará la misma más un documento adicional vigente para verificar la identidad (licencia de conducir, pasaporte), hasta el 30 de junio 2015. A partir de esa fecha se requerirá la nueva cédula para todas las operaciones bancarias.
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