Esta póliza te ofrece la cobertura de hasta 6 cuotas mensuales de tu préstamo o hasta 6 cuotas del pago mínimo para tu tarjeta de crédito, ante la pérdida involuntaria del empleo (si el cliente es empleado privado a tiempo completo) o por Incapacidad Total Temporal por Accidente (en caso de ser el cliente un trabajador independiente).
Ventajas:
- Tranquilidad en los momentos más difíciles
- Protección hasta por seis meses de tu préstamo o tarjeta de crédito
- Mantener tu historial crediticio con buena imagen
- Oportunidad de continuar con tus activos
Cobertura:
1. Desempleo Involuntario
- Empleados privados a tiempo completo.
- La aseguradora pagará un beneficio mensual equivalente a la cuota inicial mensual del préstamo o tarjeta de crédito hasta por seis meses.
- Período de carencia de 90 días. (Para que la cobertura sea efectiva, el cliente debe tener mas de 3 meses laborando luego de haber contratado la póliza. Si ocurriera el desempleo involuntario antes de este período la cobertura no procederá y el cliente podrá solicitar la devolución de su dinero o continuar con el seguro ante un futuro nuevo desempleo).
- Deducible de 30 días. (La aseguradora hace el primer pago a los 30 días de que la persona pierda su trabajo de manera involuntaria).
2. Incapacidad Total Temporal por Accidente
- Personas físicas en actividad laboral / empresarial independiente.
- La aseguradora pagará un beneficio mensual equivalente a la cuota inicial mensual del préstamo o tarjeta de crédito hasta por seis meses.
- Deducible de 30 días. (La aseguradora hace el primer pago a los 30 días de que la persona pierda su trabajo de manera involuntaria).
Requisitos para reclamaciones:
1. Desempleo Involuntario
- Original de la carta de despido.
- Certificación suscrita por el empleador donde conste: nombre completo y número de cédula del ex empleado, tiempo laborando (desde – hasta), cargo desempeñado, último salario devengado y motivo de la desvinculación.
- Copia de la carta dirigida al ex empleado y al Ministerio de Trabajo notificando el despido.
- Copia de la cédula de identidad.
- Print Screen del desembolso en caso de préstamo o cargos a la tarjeta de crédito en caso de tarjeta de crédito.
2. Invalidez Total Temporal por Accidente
- Informe médico que certifique la incapacidad (debe incluir pruebas médicas).
- Copia de la cédula de identidad.
- Print Screen del desembolso si es préstamo o cargos de la tarjeta de crédito si es tarjeta de crédito.
Principales Exclusiones
1. Desempleo Involuntario
Esta póliza no ampara el desempleo involuntario que resulte como consecuencia de:
- Pérdida del empleo del asegurado que se inicie dentro del período de carencia (90 días).
- Jubilación, pensión o retiro del asegurado.
- Pérdida voluntaria del trabajo o renuncia.
- Intoxicación, uso de drogas, deshonestidad, fraude o conflicto de intereses, rehusarse a realizar labores del empleo, actos dolosos, violación a cualquier regla conforme al contrato laboral.
- Conducta delictiva por parte del asegurado.
- Personas con contratos de trabajo informales.
- Cuando el asegurado sea un funcionario del gobierno o del sector publico.
- Participar en paros, disputas laborales o huelgas.
- Enfermedades o lesiones del asegurado.
- Cuando el asegurado sea un trabajador, comerciante o profesional que labore de forma independiente y esté percibiendo un ingreso la cobertura en este caso será por Incapacidad Total Temporal por Accidente.
2. Incapacidad Total Temporal por Accidente
Esta póliza no ampara:
- Lesiones o afecciones que el asegurado se ha producido voluntariamente incluyendo el suicidio o cualquier intento del mismo, aun cuando se cometa en estado de enajenación mental.
- Servicio militar, actos de guerra, rebelión o insurrección.
- Actos delictivos intencionales de cualquier tipo en los que participe directamente el asegurado.
- Condiciones preexistentes.
- Intoxicación, alcohol, droga.
- Aborto y sus complicaciones salvo que sean a consecuencia de un accidente.
- Se excluye a las personas que están empleadas a tiempo completo y que trabajan para una institución.